
Análisis de la evolución normativa e institucional que ha transformado el sistema político de México, pasando de un control gubernamental directo, absoluto y hegemónico sobre las elecciones a un sistema de instituciones autónomas y procesos competitivos.
EL ALCALDE-CANDIDATO
Reglas de Equidad. Primera vez que alcaldes y diputados locales en ejercicio buscan la elección consecutiva.
Dilema: ¿Deben separarse del cargo? (La Corte dijo que no es obligatorio, pero la equidad sí).
Restricciones de horario y uso de recursos públicos.
Eje jurídico real: La reelección abre el problema “cargo público vs. campaña”: no siempre es obligatorio separarse, pero sí se exige equidad y no uso de recursos públicos/propaganda gubernamental en beneficio electoral.
Precedentes SCJN (ejecutorias sobre separación del cargo en reelección municipal)
Artículo UNAM sobre reelección y precedentes
LA TERCERA ALTERNANCIA: Victoria de MORENA
53.19% de la votación presidencial.
Fortaleza Institucional: El INE y el TEPJF procesaron la victoria de la oposición sin contratiempos.
Se reconfigura el mapa político:El PRI pasa a ser oposición.
Dato verificable del cómputo:
El INE difundió resultados del cómputo distrital presidencial 2018; el sitio de cómputos permitió consultar porcentajes y votos.
Mensaje institucional del INE:
Alternancias y reconfiguración partidista procesadas por la vía legal/administrativa sin crisis de transmisión de mando: “el sistema absorbió el cambio”.
50% EN TODO EL ESTADO - Reforma Constitucional - Ya no solo en candidaturas.
La paridad dejó de ser una regla electoral y se convirtió en principio constitucional transversal.
Aplica a integración de poderes públicos, organismos autónomos y cargos administrativos y obliga a todas las autoridades a garantizar integración equilibrada de género.
Gabinete: Ejecutivo estatal debe nombrar 50% mujeres.
Poder Judicial: Juezas y Magistradas.
Organismos Autónomos: Todo nombramiento debe ser paritario.
Decreto Paridad en Todo (DOF) Decreto constitucional publicado el 6 de junio de 2019 (“paridad en todo”) con reformas a diversos artículos.
¿Qué cambia?:
Su previsión como mandato constitucional estructural se encauza a “evitar simulación”.
Reforma para prevenir, atender, sancionar y erradicar la Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género.
Decreto DOF: publicado 13 de abril de 2020:
Efecto jurídico inmediato:
Se vuelve un eje “de elegibilidad”: si hay sentencia o resolución firme, puede impactar registro de candidaturas y permanencia en el Registro Nacional de Personas Sancionadas (INE).
Registro nacional (fuente oficial)
Página del INE con acceso al Registro.
Material institucional para contexto:
Documento INE que explica la reforma y su homologación.
Intento de reforma legal para reducir estructura del INE (desaparecer juntas distritales).
Acción de Inconstitucionalidad:
La SCJN invalidó el Plan B por violaciones al proceso legislativo (primera parte en mayo 2023; segunda parte en junio 2023).
Documento técnico:
Proyecto/sentencia en Acción de Inconstitucionalidad 71/2023 y acumuladas (PDF SCJN).
Se mantiene la estructura profesional del INE. Enfoque neutral: no es “pro-INE” o “anti-INE”; es control constitucional por forma y procedimiento (vicios graves).
LAS 3 CAUSALES:
Art. 41 Base VI
Requisito:
Que la diferencia entre 1º y 2º sea menor al 5% (Determinancia).
Ancla normativa:
Art. 41 Base VI (nulidades por rebase, compra de cobertura/tiempos, uso de recursos ilícitos o públicos + determinancia).
Apoyo técnico TEPJF:
estudios sobre nulidad por rebase y por recursos ilícitos/públicos.
MANUAL DE SOBREVIVENCIA PARA ESTRUCTURAS TERRITORIALES
🔴 Delito electoral (alto riesgo penal):
Usar programas sociales, retener credenciales, movilización el día D.
🟡 Infracción administrativa electoral (alto riesgo sancionatorio):
Pintas en equipamiento urbano, no reportar gastos de eventos.
🟢 Conducta permitida / de bajo riesgo:
Promoción personalizada en tiempos, debate de ideas, defensa jurídica.
TEMÁTICAS:
TEMÁTICAS POSIBLES:

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